FERIADO LEGAL Y PERMISOS. 3ª Parte.
FERIADO LEGAL Y PERMISOS. 3ª Parte. Art. 68. Todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, y este exceso será susceptible de negociación individual o colectiva. Con todo, sólo podrán hacerse valer…