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Desde hace un tiempo, sin que haya razones explicables, se acostumbra a hablar de “ética” y de “moral”, como si se tratara de los mismo, cuando, en realidad, hay serias diferencias entre uno u otro concepto.
Ética (ethos), se refiere más a un sentido teórico de esta disciplina, su contenido conforme a las diversas orientaciones. En cambio “moral”, dice relación con normas o principios fundamentales en que se basa el concepto.
La moral tiene en este sentido un acercamiento a la norma legal, desde que, se refiere en términos generales a todo aquello que implica moralidad, todo lo que nos lleva a establecer juicios de valor, sea con fines de educación o con propósitos de formación.
Muchas son las orientaciones que persiguen incansablemente la idea de ética y moral, pero, adentrase en este mundo de la filosofía tiende a perder la dirección de lo que buscamos en relación al desarrollo de la ciencia y la técnica en general, pero, puntualmente, en relación al desarrollo indesmentible de la robótica y de los efectos que habrá de producir en la sociedad, tanto en las relaciones de producción, como en el bienestar de la sociedad en su conjunto.
Para afinar nuestra proposición, señalemos, que la robótica en su desarrollo global deberá, sin duda alguna, producir trastornos en la vida social. Ello, derivado, en primer lugar del impacto que ocurre en el derecho del trabajo y en las relaciones contractuales privadas, pero, también en las consecuencias que son efecto directo de la aplicación de la robótica en la administración del estado y en la organización social y política de un país.
No podemos imaginar un país, o mejor dicho un Estado, que no tenga interés en aplicar una normativa legal a la creación, uso, práctica, aplicación de la robótica, en las diversas actividades humanas, desde que esta irrupción en la sociedad acarrea factores de fuerza que, desbocados o sin control, podrían ser negativos para la convivencia.
El derecho en parte recoge en la creación de la Ley conceptos que se encuentran en el ámbito de la moral, aunque haya entre ellos diferencias ontológicas. Una de sus diferencia implica la obligatoriedad en su aplicación. En efecto, la ley es una norma obligatoria de carácter general y solo se encuentran exentos de su aplicación aquellos casos que la misma ley señala. Su omisión o trasgresión implica una sanción real que incluso puede llegar a la privación de la libertad. Veamos: no es moral matar a otro. Desde el punto de vista de esta disciplina la sanción se limita a la desaprobación social por aquellos que no aceptan tal acción. En cambio, matar a otro desde el punto de vista legal viola la ley penal y, si no hubiera eximente, el hechor de tal acción enfrenta una pena privativa de libertad y una consecuencia civil reparatoria.
Por lo mismo, se podría decir que la Ley es localista, en cuanto obedece a un territorio y a una sociedad determinada. Pero la moral, o la ley moral, es de carácter absoluto, tiene el mismo valor en toda el orbe que encierra las sociedades civilizadas. En la moral todas las personas pueden aprobar o desaprobar.
Establecido, lo anteriormente dicho, nos es más fácil entender la problemática que se origina por la robótica en el ámbito del derecho laboral y en las relaciones de producción.
Una pregunta que nace desde el marco de la organización social del trabajo. En Chile se reconoce que el trabajo cumple una función social. Así lo señala el art. 2 del Código del Trabajo chileno, pues, el trabajo tiene una incidencia social indesmentibles, en cuanto no solo es materia de desarrollo económico, sino, que tiene relación con los intereses del hombre o mujer trabajadores. Pero, más aún, se entiende que las personas no solo aprovechan el beneficio del trabajo para sí, sino, que también lo hacen en función de su familia. La familia, es reconocida internacionalmente como la base de toda sociedad. Por lo que, en esta lógica, el trabajo tiene una consecuencia para la sociedad.
Ahora bien, la pregunta que nace en materia de las relaciones laborales que aluden a la robótica es, si el desarrollo de esta técnica tendrá consecuencias negativas en la garantía constitucional del derecho al trabajo y a la protección de este, garantía asegurada en la tabla de derechos esenciales reconocidos por la Constitución de la República de Chile. Ello porque como ya se ha estado observando, la aplicación de elementos robóticos ha acarreado en el sistema industrial un consistente aumento de la cesantía, provocada por el reemplazo de mano de obra humana, por elementos de simple automatización, lo que nos hace prever que la robotización, es decir, la idea de entregar parte de las decisiones a construcciones mecánicas con un elevado poder de autodecisión, sin duda traerá una cesantía de mano de obra humana. La disyuntiva que se presente tiene honda significación legal, pues, el derecho al trabajo, se enfrenta y colisiona en este aspecto al derechos a la propiedad privada de bienes y especies, en los que se encontrarían todos los sistemas robóticos especializados en la producción masiva de bienes y servicios.
Se puede entender como robot de producción o robot industrial un elemento de sofisticado desarrollo mecánico cibernético capaz de manipular multifuncionalmente elementos destinados a la producción, como mover materias, piezas, herramientas, o dispositivos especiales, según trayectorias variables, siendo para ello programados para realizar tareas diversas.
La sola imagen de un elemento de producción con estas características nos hace temblar de espanto en la posibilidad que nos encontremos frente a una revolución de las relaciones de producción, donde se haga realidad la producción sin trabajo humano, aquella que no necesita horas de descanso, cotizaciones previsionales, pago de remuneraciones, vigilancia de seguridad, bonos de producción, sindicatos, etc. Podría tratarse de industrias a puertas cerradas en todo se controla computacionalmente y en que no hay presencia humana alguna en ningún estado de la producción.
Las economías se desarrollan, en el sistema capitalista, en función a la capacidad de compra de las personas. ¿Qué pasaría si no hay personas con capacidad de adquisición de los bienes y servicios que se producen?
Tal vez, estemos entrando en una era en que la ciencia ficción se haga una realidad de funestas consecuencias.
Por ello, nos encontramos en la hora precisa de envolver esta nueva revolución que se aproxima impajaritablemente, en una capa de ética, para quienes les gusta reflexionar sobre el hombre y su quehacer esencial, o sencillamente sobre la moral del hombre y la producción de bienes y servicios.
Si estimamos que la sociedad es una sola y que lo más importante dentro de ella son las personas y sus derechos fundamentales, tal vez, no exista problema alguno en que los trabajadores sean reemplazados por robot de producción, desde que, en ese evento, el reemplazo no será perjudicial para las personas y sus familias, quienes gozarán de mayor tiempo de convivencia, más unión y mejor formación familiar. Teniendo como base que serán los robots quienes hagan la mayor parte del trabajo, si no es todo el trabajo.
Desde la orilla contraria, es decir, si la robótica reemplaza al hombre dentro de un concepto fundamentalista de capitalismo, se hará efectiva la amenaza bíblica de quien no trabajando se gana el pan, parea el y su familia. En este caso, al ser reemplazada la mano de obra humana, se crearán ejércitos de desocupados, cesantes, peregrinos, aumentarán los vicios de la prostitución, las drogas, ventas de armas, delincuencia y lo peor del hombre se hará visible como necesario para su sobrevivencia.
El problema no es menor y es real, se estima por los estudiosos de las estadísticas que en empresas de Europa y China, no hay menos de 2,5 millones de robot de producción instalados hasta ahora. En las industria alemanas destinadas a los productos automotrices se calcula que la implementación de robots es de una relación de más de 1.200 robots por cada 10.000 trabajadores, cuando, estos sistema productivos solo se encuentran a principio de su desarrollo.
La idea central es que nos enfrentamos a una revolución del sistema de producción al igual que fueron el descubrimiento de la rueda, la máquina a vapor, la fuerza energética eléctrica, de hidrocarburos y atómica, todas, sin excepción alguna aportaron elementos de características sociales, económicas con claras injerencias políticas que produjeron cambios no del todo pacíficos en la humanidad. En ninguna de estas revoluciones se consideró a priori, cuáles eran las consecuencias para las personas, sus derechos esenciales y su participación, como actores directos en los cambios que sufrió la sociedad en cada caso.
Entonces, se hace necesario volver la vista hacia este fenómeno que hará cambiar al mundo, para preestablecer los beneficios para la humanidad de la robotización de la producción, lo que en parte es tarea para la ética o la moral, si así se prefiere.
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