Liderazgo y participación de los trabajadores. (ISO 45001)
Ha sido una cuestión de atención permanente y agotadora en nuestro país intentar que los niveles gerenciales y de mando internalicen una materia de buena administración que hoy es básica. Enfatizo la expresión “hoy”, pues, sin duda alguna la gran mayoría de las empresas chilenas, evidentemente no todas, mantienen las viejas fórmulas de gestión basada en el mando único, unipersonal y omnímodo.
Peor aún, es el resultado que se obtiene cuando se pretende establecer el estado actual de comunicación entre los altos mandos de la empresa y los trabajadores. Existen resabios ancestrales, desconfianzas artificiales, incomprensiones sobre los objetivos comunes del colectivo organizacional. En fin, hay hasta distanciamientos derivados de la falta de empatía entre los mandos y los miembros del sindicato, voz autorizada y representativa del conjunto de trabajadores.
Las consecuencias se dejan ver en el número de trabajadores fallecidos a causa, con ocasión del trabajo, incluyendo los accidentes fatales viales en trayecto al lugar de trabajo. Tal aumento en los últimos años, no puede dejar de causar alarma, aunque ciertas mutuales o administradoras gasten enormes sumas en propaganda anunciando que el número de accidentes ha bajado, cuando en realidad entre los años 2016 que el número de siniestros fatales alcanzó un cifra superior a 200, para el año 2017, tal cifra fue superior a 400 trabajadores muertos.
Es indudable que se pueden hacer muchas afirmaciones, casi todas efectivas, pero, ninguna de ellas puede desmentir el grado de violencia que afecta a los trabajadores chilenos.
La ISO 45001, ha dado en el clavo respecto de estos tópicos a establecer un capítulo sobre “El Liderazgo y la participación de los trabajadores”.
Tal título desde ya rasga el velo que cubre, creo no solo en Chile, sino, también en nuestros países hermanos de América del Sur, un problema que este sistema de gestión entrega desde un punto de vista netamente técnico, pues, la discriminación y la estupidez, ha desechado en nuestros países durante todos estos años de revolución productiva la participación de los trabajadores en todos los ámbitos de los procesos productivos, llegando a ser el trabajador chileno un elemento que como lo señala la propia definición de “contrato de trabajo” del art. 7, del Código del Trabajo, tiene las características de “dependiente y subordinado”, lo que se ha entendido como que el trabajador es un ente sin racionalidad, inteligencia ni capacidad de participación, lo que evidentemente es un concepto absolutamente discriminatorio, desde que en muchas situaciones ha sido la experiencia de esos trabajadores lo que ha ayudado a la organización a superar dificultades tanto en la producción como en la prevención.
El liderazgo hoy se entiende como una participación activa, en el conjunto de la organización, a donde se llevan proyectos y se entregan con tal carisma, convencimiento y decisión, que por sí mismo convencen de su razón, por lo que el líder se encuentra en condiciones de atraer el esfuerzo y la participación incluso de los más renuentes que, al fin, terminan convencidos y entusiasmados con esta perspectiva propuesta.
Sin embargo, el liderazgo no se constituye como una entidad omnisapiente ni omnipresente, pues, para su eficiencia requiere establecer instancias asegurándose de que la organización establezca e implemente procesos para la consulta y la participación de los trabajadores.
Ello implica entender la organización como un todo en el que la participación sinérgica se convierte en una necesidad para entender la problemática que presente la producción, la seguridad, el medio ambiente y la calidad de lo producido, debiendo contar para ello con un elemento social interno, como lo es la comunicación participativa.
Es por eso precisamente que la ISO 45001 señala que “la organización debe establecer, implementar y mantener procesos para la consulta y la participación de los trabajadores a todos los niveles y funciones aplicables, y cuando existan, de los representantes de los trabajadores en el desarrollo, la planificación, la implementación, la evaluación del desempeño y las acciones para la mejora del sistema de gestión de la SST”.
Todo lo que implica un reconocimiento a la labor operativa de los laborantes, pero, también y muy especialmente a la posibilidad de una participación colaborativa que entregue grados adicionales de eficiencia a la gestión empresarial. Además, el reconocimiento que las organizaciones sindicales y los trabajadores afiliados pueden ser, de hecho lo son, gestores de un hándicap en los objetivos organizacionales, que no se podría obtener sin su participación.
Ello no es nuevo, ya se había consignado en otros sistemas de gestión, pero la ISO 45001, enfatiza elementos esenciales como “consulta y participación; responsabilidad de la gerencia en la accidentabilidad, lo que no es sino, el reconocimiento de una consecuencia legal; implementación de sistemas de Gestión en SSO, como es el caso en Chile del exigido para las faenas en régimen de subcontratación, D. S. 76; políticas, planificación, evaluación y mejora continua del sistema de salud y seguridad ocupacional; lo anterior se entiende integrado a la búsqueda de una mejor método de producción con pleno respeto al medio ambiente y a la calidad de la producción.
Conviene destacar que este sistema de gestión expresa dentro de sus programa la idea de la necesidad de ir desarrollando, liderando y promoviendo una cultura en la organización que apoye los resultados previstos del sistema de gestión de la SST y, en este mismo sentido, la idea de apoyar el establecimiento y funcionamiento de los comités de seguridad y salud, en Chile, Comités Paritarios y Departamento de Prevención de Riesgos, establecidos en el D. S. N° 54.
En nuestro país significa un aporte sustancial a la gestión empresarial en sus diversos orientes: la producción, las higiene y seguridad, y muy especialmente, el cuidado de los trabajadores, materia esta que se encuentra establecida en el artículo 184 del Código del Trabajo como una obligación legal del empleador, quien estará obligado a tomar todas las providencias necesarias para salvaguardar, eficazmente, la Vida y la integridad física y psíquica de estos.
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