Objetivos:
Permitir que los participantes se capaciten en la legislación vigente sobre Accidentes del Trabajo. Establecer elementos necesarios para determinar la existencia y carácter del accidente.
DIRIGIDO: A Profesionales de Prevención de Riesgos; Supervisores y niveles Gerenciales de Empresas.}
TEMAS:
Para el efecto anterior se instruirá en el análisis e interpretación de las disposiciones de la Ley 16.744 y Código del Trabajo, aplicada a una casuística obtenida de resoluciones de las Administradoras, Dirección del Trabajo y de la Superintendencia de Seguridad Social.
1.- Definición y análisis del artículo 5 de la Ley 16.744.
2.- Disposiciones relacionadas del Código del Trabajo.
3.- Decretos Supremos 594 y 40.
4.- Elementos del accidente según la definición legal.
5.- Relación de la definición de accidente con las obligaciones del empleador.
6.- Clases de accidentes del Trabajo. Accidentes graves según Ley
7.- Efectos del accidente en la responsabilidad.
8.- Efectos del Accidentes en la Responsabilidad Civil, Penal y Laboral.
CASUÍSTICA INCORPORADA Y DE CONSULTAS.
TIEMPO: 08 hrs. Académicas
Metodología: Exposición interactiva y trabajo grupal.
Apoyo: PPT; Libro del Profe. Muñoz; blog internet.
Relator:
Prof. Manuel Muñoz Astudillo, Docente de la USM. Concepción, Abogado y EX/Ministro de la I.C. de Apelaciones de Concepción.
Lugar:
Fecha:
Cupos: Solo 15 cupos.
Se entrega
Certificado de Asistencia.
Pendrive con la materia y temas
Libro> Accidentes del Trabajo. Gestión y Responsabilidad.
2 break.
Anotador y lápiz.
FACTURA./
EN ESTE MISMO PROYECTO SEGÚN NUMERO DE ALUMNOS.
1. Enfermedades laborales. Acosos y discriminación.
2. Subcontratación y accidentes..
3. Accidentes y causales de termino de contrato.
4. Trabajo en equipo.
5. Clima laboral y comunicación.
6. Accidentes y acciones sindicales. Facultades de los Sindicatos.
7. Responsabilidad civil en la educación: Responsabilidad de Docentes y de la Corporación Educacional.
8. Reglamento interno. Herramienta de prevención de riesgos.
SEMINARIOS SOBRE ESTA TEMATICA A PETICION DE LA EMPRESA.
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